Actividades previas al Plan de Trabajo 

Para la elaboración del Plan de Trabajo, los Centros de Carga necesitan llevar a cabo una serie de actividades preliminares con el objetivo de identificar cuáles requerimientos técnicos del Código de Red no están cumpliendo y, como resultado, estar en condición de definir las acciones que deberán ser implementadas para asegurar el cumplimiento.  

  1. Identificar cuáles de los requerimientos técnicos del Código de Red son obligatorios para el Centro de Carga, en función del nivel de tensión en el que esté conectado el Centro de Carga al SEN.
  2. Evaluar el comportamiento del Centro de Carga, a través de estudios eléctricos y de calidad de la potencia (antes calidad de la energía), asociados a la toma de mediciones de parámetros eléctricos, para identificar el grado de cumplimiento con respecto a los parámetros establecidos en el Código de Red. Se sugiere que el análisis del Centro de Carga relacionado a parámetros de calidad de la potencia, se lleve a cabo con instrumentos con capacidad de medición Clase A de acuerdo a las normas NMX-J-610/4-3-ANCE o IEC 61000-4-30 vigentes (por ejemplo, analizador de redes).

Los estudios eléctricos y de calidad de la potencia podrán llevarse a cabo por el propio Centro de Carga o, en su caso, por empresas especializadas y con experiencia en el desarrollo de dichos estudios. No se omite señalar que la CRE no ha autorizado ni cuenta con facultades para autorizar a empresas para el desarrollo de estudios eléctricos o de cumplimiento del Código de Red.  

  1. Determinar los requerimientos del Código de Red que está incumpliendo el Centro de Carga, con la finalidad de establecer la estrategia y las alternativas que serán implementadas, así como los tiempos previstos, para asegurar el cumplimiento del Código de Red.

Contenido Mínimo del Plan de Trabajo 

A continuación, se establecen los elementos mínimos que se sugiere sean incluidos en  el Plan de Trabajo que los Centros de Carga que no cumplan con el Código de Red deberán presentar a la CRE.  

  1. Información básica sobre el Centro de Carga, con respecto a: 
  • Nombre o razón social, 
  • Representante legal acreditado, 
  • Ubicación (municipio y estado), 
  • Nivel de tensión a la que recibe el suministro de energía eléctrica, 
  • Actividad industrial (manufactura, minería, etc.),
  • Demanda contratada,
  • RMU o RPU, según corresponda.  
  1. Requerimientos técnicos del Código de Red que son obligatorios para el Centro de Carga.
  1. Resultados de los estudios eléctricos y de calidad de la potencia.
  2. Parámetros del Código de Red que no se están cumpliendo (fuera de rango) en las condiciones actuales del Centro de Carga.
  3. Estrategia prevista o análisis por parte del Centro de Carga para asegurar el cumplimiento del Código de Red. La estrategia deberá incluir la siguiente información:
  • Acciones previstas o en análisis a implementar para asegurar el cumplimiento.
  • Análisis de alternativas, en las que se señalen los equipos evaluados, así como los principales retos técnicos y económicos asociados a cada alternativa,
  • Cronograma que incluya los plazos de implementación previstos, con base en las mejores prácticas de la industria eléctrica.
  • En su caso, información relacionada con órdenes de compra o facturas de los equipos principales requeridos.

Aspectos sobre la presentación del Plan de Trabajo 

Actualmente no se cuenta con un formato de Plan de Trabajo aprobado por la CRE, por lo que cada Centro de Carga puede utilizar el formato que le resulte más conveniente, considerando la información mínima que se sugiere incluir.  

  1. El Plan de Trabajo debe acompañarse de un escrito libre dirigido a Ingrid Gallo Montero, Secretaria Ejecutiva de la CRE. Debe ser firmado por el representante legal, asimismo, se deben adjuntar los documentos que acrediten su personalidad jurídica.
  1. El Plan de Trabajo puede presentarse de forma física o de forma electrónica, para lo que se debe considerar lo siguiente:
  • De forma física, se debe presentar en la Oficialía de Partes de la CRE, con domicilio en Boulevard Adolfo López Mateos 172, Colonia Merced Gómez, C.P. 03930, Ciudad de México.
  • De forma electrónica, a través de la Oficialía de Partes Electrónica de la CRE.

3. Consideraciones adicionales:

  • Para el caso de los Centros de Carga que tengan la misma razón social o un mismo representante legal, se pueden presentar a través de un solo escrito los Planes de Trabajo correspondientes a los Centros de Carga que representen.

Por ejemplo: Si cinco Centros de Carga conectados en distintos puntos de conexión del SEN forman parte de la misma razón social, pueden entregar los cinco Planes de Trabajo con las correspondientes acciones que se implementaran, respectivamente, para asegurar el cumplimiento con el Código de Red, a través de un solo escrito.  

  1. Para los Centros de Carga que tengan características similares en términos de tipo de carga, perfil de consumo, nivel de tensión de suministro eléctrico, demanda contratada, entre otros, y que tengan una misma razón social o mismo representante legal, podrán presentar a la CRE un solo Plan de Trabajo correspondiente a todos los Centros de Carga que representen.

Por ejemplo: Si cinco Centros de Carga conectados en distintos puntos de conexión del SEN forman parte de la misma razón social y presentan características similares en términos de carga, perfil de consumo, nivel de tensión de suministro eléctrico, demanda contratada, entre otros, en lugar de entregar cinco Planes de Trabajo pueden entregar un (1) solo Plan de Trabajo en el que incluyan las acciones que se implementarán en los cinco Centros de Carga para su cumplimiento con el Código de Red. 

Cabe señalar que la información que presenten los representantes legales de los Centros de Carga, será resguardada conforme al Aviso de Privacidad Integral de la CRE, mismo que podrá consultarse en la liga https://www.gob.mx/cre/documentos/aviso-de-privacidadintegral-de-la-comision-reguladora-de-energia.