Comercializador no suministrador, participante del MEM.
Realiza transacciones en el Mercado Eléctrico Mayorista sin representar activos físicos.
Actividades de Comercialización
El interesado deberá seleccionar de las siguientes opciones aquellas actividades que pretenda realizar:
Transacciones de compraventa de:
- Energía eléctrica;
- Servicios Conexos que se incluyan en el MEM;
- Potencia;
- Derechos Financieros de Transmisión;
- Certificados de Energías Limpias;
- Cualquier otro producto que garantice la suficiencia de recursos para satisfacer la demanda eléctrica (especificar).
- Los demás productos, derechos de cobro y penalizaciones que se requieran para el funcionamiento eficiente del Sistema Eléctrico Nacional. Especifique.
Importación o exportación de:
- Energía eléctrica;
- Servicios Conexos que se incluyan en el MEM;
- Potencia.
Contratos de Cobertura Eléctrica para realizar operaciones de compraventa relativas a:
- Energía eléctrica;
- Potencia;
- Servicios Conexos en un nodo del Sistema Eléctrico Nacional;
- Derechos Financieros de Transmisión;
- Certificados de Energías Limpias.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica, el trámite de inscripción en el Registro de Comercializadores no Suministradores no tiene costo.
Las solicitudes de inscripción recibidas en la CRE se publicarán en la página electrónica para que los solicitantes conozcan el estado que guarda su trámite.
De acuerdo a lo establecido en la Disposición Décima Tercera de las Disposiciones, los que deseen cancelar su inscripción en el Registro, deberán solicitarlo a la CRE a través de la plataforma electrónica del Registro adjuntando la notificación de terminación del Contrato de Participante del Mercado por parte del Cenace o en su caso declaración jurada del representante legal del registrado declarando que no firmó el contrato de Participante del Mercado.