Usuario Calificado (UC)

Es un Usuario Final que cuenta con el registro ante la CRE como Usuario Calificado y que puede adquirir el suministro eléctrico ya sea como Participante del Mercado o a través de un Suministrador de Servicios Calificados.

¿Cuál es el requisito de demanda para ser considerado Usuario Calificado?

A partir del 12 de agosto de 2016, los centros de carga que reporten una demanda igual o mayor a 1 Megawatts, podrán incluirse en el Registro de Usuarios Calificados.

 

¿Quienes están obligados a registrarse como UC?

Están obligados a inscribirse en el Registro de Usuarios Calificados aquellos centros de carga que no recibían el servicio público de energía eléctrica a la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica (12 de agosto de 2014) y que cumplen con el requisito de demanda.

¿Está obligado a inscribirse en el Registro de Usuarios Calificados un Usuario cuyo centro de carga cumple con el requisito de demanda?

Si a la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica (12 de agosto de 2014) no recibía el servicio público de energía eléctrica (no era suministrado por CFE) ni sus centros de carga estaban incluidos en un Contrato de Interconexión Legado, sí está obligado a inscribirse en el Registro de Usuarios Calificados

Si estoy obligado a inscribirme en el Registro de Usuarios Calificados, ¿qué pasa si no me inscribo?

La CRE identificará los centros de carga que estén obligados a inscribirse en el Registro de Usuarios Calificados y lo notificará al titular del centro de carga para que solicite su inscripción en el Registro de Usuarios Calificados, de no hacerlo, la CRE lo inscribirá sin menoscabo de poder iniciar los procedimientos para aplicar las sanciones que correspondan, de conformidad con lo que establece la Ley de la Industria Eléctrica.

Los centros de carga obligados a inscribirse en el Registro de Usuarios Calificados que hayan sido notificados por la CRE o por su Suministrador, tendrán un plazo de 30 días naturales a partir del día siguiente de la primera notificación para solicitar la inscripción en el registro.

Los centros de carga que tienen el derecho, más no la obligación de inscribirse en el Registro de Usuarios Calificados, pueden solicitar el registro cuando deseen

Luego de obtener el registro como Usuario Calificado ante la CRE

Si tiene una demanda mínima de 5 MW y un consumo anual de al menos 20 GWh, tiene derecho a participar por sí mismo en el Mercado Eléctrico Mayorista y podrá firmar un contrato de Participante del Mercado con el Cenace,

De lo contrario, deberá firmar un contrato de suministro con un Suministrador de Servicios Calificados, en condiciones pactadas libremente entre las partes, pero sujeto a las Condiciones Generales para el Servicio de Suministro Eléctrico.

Si cuento con más de un centro de carga y cada uno posee una razón social diferente, tengo que hacer un registro para cada uno

  • Si las cargas cumplen con los requisitos establecidos por la Secretaría de Energía en el ACUERDO de carácter general por el que se determina el concepto de demanda y los requisitos para la agregación de Centros de Carga para ser considerados como Usuarios Calificados publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2016, podrán agregarse y hacer un sólo registro;
  • Si los centros de carga no cumplen con los requisitos establecidos por la Secretaría de Energía para poder agregarse, entonces deberán presentar su registro por separado, cada una de las cuales deberá cumplir el requisito de demanda por separado.

 

Procedimiento para presentar la solicitud de inscripción al Registro de Usuarios Calificados

1.- Pre-Registro ante la Oficialía de Partes Electrónica (OPE)

El pre-registro ante la OPE deberá ser realizado por una persona física, la cual deberá contar con su e.firma (antes firma electrónica) vigente.

DATOS:

* Domicilio para oír y recibir notificaciones.

* Cuenta de correo electrónico válida.

* Número de teléfono

DOCUMENTOS EN FORMATO PDF:

* Credencial oficial

* RFC

 

2.- Solicitud de inscripción al Registro de Usuarios Calificados.

Nuevamente, ingresar al micrositio del Registro de Usuarios Calificados, e ingresar al apartado PRE-REGISTRO Y ACCESO AL FORMULARIO DEL REGISTRO DE USUARIOS CALIFICADOS VÍA OPE. Al seleccionar Registro de Usuarios Calificados se mostrará una ventana en donde se deberá elegir la persona física o moral que presentará la solicitud de inscripción al Registro de Usuarios Calificados. Se mostrará el formulario para la solicitud de inscripción al Registro de Usuarios Calificados.